Buenas tardes, os informo de nuevas medidas aprobadas en el título III del Decreto Ley 8/2013 de 28 de mayo, de medidas de creación de empleo y fomento del emprendimiento.
Adjunto resumen explicativo.
El Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo tiene por objeto promover y desarrollar un tejido productivo innovador, creativo, competitivo y generador de empleo estable, en el marco socio económico del Trabajo Autónomo, a través de un conjunto integral de líneas de actuación dirigidas principalmente a crear más empresas y empleo, a consolidar y fortalecer el sector y al desarrollo de la cultura y la actividad emprendedora en el autoempleo.
En los términos establecidos en el artículo 18, el programa se estructura en las siguientes líneas de actuación:
- Línea 1. Creación de empleo en el trabajo autónomo. Fomentar la creación de empleo mediante contrataciones por parte del autónomo. Apoyo a las contrataciones indefinidas y a contrataciones de duración determinada para facilitar la conciliación laboral – familiar. Las contrataciones serán a desempleados menor de 35 años sin vínculos laborales anteriores y sin parentesco con el autónomo. Las cuantías son 3000 euros por contrato y 1500 euros por el periodo de 16 semanas, en caso de sustitución por maternidad.
- Línea 2. Consolidación de empleo en el trabajo autónomo. Fomentar creación de empleo mediante la transformación de contratos temporales en indefinidos. Cuantía de 3000 euros, máximo 3 transformaciones. No vínculo de parentesco.
- Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo. Subvenciones para el inicio de la actividad autónoma, desde 1/1/2013.
- Personas que se establezcan por 1º vez como autónomas menores de 35 años, 2000 euros.
- Personas que han capitalizado la prestación por desempleo en pago único y tengan minusvalía del 33% o sean hombres hasta 30 años o mujeres hasta 35 años. Subvención de hasta el 50% de las cuotas calculado sobre la base mínima de cotización, a la fecha de alta en el RETA, durante el tiempo en el que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse capitalizado en su modalidad de pago único.
- Línea 4. Consolidación empresarial del trabajo autónomo. Desarrollar y fortalecer el tejido empresarial andaluz del trabajo autónomo, impulsando su consolidación y continuidad, e incorporando en sus estructuras comerciales, productivas y de gestión, factores de innovación, creatividad, competitividad y desarrollo.
- Cooperación empresarial, apoyo a la creación y desarrollo de proyectos entre 2 ó más personas autónomas para la realización de actividades empresariales, constitución de una empresa. Subvención de hasta el 100% de los gastos de constitución, con un tope de 1000 euros.
- Relevo generacional de las unidades económicas de trabajo autónomo, impulso y apoyo a los procesos de transmisión y continuidad de actividades empresariales y profesionales consolidadas.
- Diseño, desarrollo e implantación de planes sectoriales de innovación, creatividad y competitividad para las unidades económicas de trabajo autónomo.
- Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo. Apoyar la creación o consolidación de unidades de trabajo autónomo que, promovidas por universitarios, implanten o desarrollen proyectos innovadores, mediante bono – innovación en el trabajo autónomo.
- Línea 6. Promoción del trabajo autónomo. Promover el conocimiento y el desarrollo del trabajo autónomo, fomentando proyectos que potencien el valor añadido que el mismo representa para el crecimiento, desarrollo y para la generación de empleo en Andalucía.
Un saludo.